Bienvenidos a la SEMAHN

La Secretaría de Medio Ambiente e Historia Natural, es una Dependencia del Poder Ejecutivo del Estado, que tiene como objetivo principal, aplicar la normatividad en materia de medio ambiente, ordenamiento ecológico territorial de flora y fauna en el Estado, coordinando acciones y mecanismos con Dependencias y Entidades de los tres órdenes de Gobierno, con la finalidad de mejorar la calidad de vida de los chiapanecos y evitar el deterioro de los recursos naturales y medio ambiente, la mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero, y la adaptación a los efectos del cambio climático, promoviendo además, la conservación, restauración y propagación de la flora y fauna silvestre o acuática de la Entidad.

Nuestra Misión

Impulsar políticas que permitan la conservación y mejoramiento del ambiente y el desarrollo sustentable mediante programas y acciones orientadas al conocimiento de la biodiversidad y fortalecimiento de las capacidades técnicas locales que permitan garantizar los satisfactores básicos, mejorando la calidad de vida de los chiapanecos.


Nuestra Visión

Ser la Dependencia líder en la instrumentación de las políticas públicas y estrategias que garantiza la conservación del patrimonio natural y sostenibilidad del medio ambiente, con la gestión participativa y comprometida de la sociedad.


Código de Ética



Qué Hacemos

I. Fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas, recursos naturales, bienes y servicios ambientales de la Entidad, en coordinación con las instancias competentes y en los asuntos no reservados a la Federación, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable.

II. Promover la creación, y en su caso administrar u operar, parques, reservas, corredores biológicos y áreas naturales que aseguren la permanencia de las regiones prioritarias para la conservación de la flora y fauna, así como la producción de bienes y servicios ambientales en beneficio de la sociedad.

III. Programar y coordinarse con las instancias federales, estatales y municipales, en la realización de acciones orientadas a prevenir, restaurar el daño y evitar la destrucción de los recursos naturales y el medio ambiente del Estado, así como coadyuvar con éstas en la vigilancia y cumplimiento de las leyes sobre la materia.

IV. Realizar los actos jurídicos relacionados con la protección al medio ambiente, representando al Estado ante las instancias competentes, para denunciar los hechos sancionados como delitos a nivel estatal, así como ejercer las acciones necesarias ante las autoridades administrativas y judiciales, para lograr una eficaz impartición de justicia ambiental en el ámbito local, además de ejercer los actos de autoridad en materia de inspección y vigilancia en recursos naturales y medio ambiente en la Entidad.

V. Evaluar y dictaminar las manifestaciones de impacto ambiental, de competencia estatal y de los proyectos de desarrollo que presente al sector público, social y privado, además de resolver sobre los estudios de riesgo ambiental no reservados a la federación y a los programas para la prevención de accidentes con incidencia ecológica o que afecten al medio ambiente.

VI. Establecer, medidas pertinentes para la regulación del manejo y disposición final de las descargas de aguas residuales, residuos sólidos urbanos y de manejo especial, así como de emisiones atmosféricas, emitiendo para estas últimas las licencias de funcionamiento correspondientes en el ámbito estatal y con relación a aquellas acciones no reservadas a la Federación.

VII. Participar en la elaboración de las declaraciones de usos, destino, reservas territoriales que se expidan en el Estado, con la finalidad de preservar las áreas verdes de los centros de población y establecer zonas de salvaguarda, en coordinación con los Municipios y de conformidad con las leyes de la materia y vigilar su cumplimiento.

VIII. Llevar a cabo con la participación de las comunidades de la Entidad, programas para la protección, conservación, mejoramiento y rehabilitación del patrimonio histórico de los pueblos del Estado de Chiapas, a efecto de fortalecer la identidad e imagen de los mismos.

IX. Llevar un registro general de los Programas de Vivienda y Medio Ambiente, que se efectúen en el Estado, para su difusión, consulta pública y control.

X. Promover la participación de los sectores social y privado, en la formulación, ejecución, evaluación, actualización, modificación y vigilancia de los programas relativos a vivienda, ordenamiento ecológico y territorial, y medio ambiente.


Organigrama General de la Secretaría del Medio Ambiente e Historia Natural del Estado de Chiapas (2018 - 2024)


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